El 17 de abril de 1980, el Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) reconoció el derecho al aborto en una decisión histórica en el caso Pueblo v. Duarte Mendoza. El alto foro determinó exculpar al doctor Pablo Duarte Mendoza del delito de aborto, luego de que este interrumpiera el embarazo de la joven Wanda Ivette, que en ese momento tenía 16 años.
Sin embargo, poco se habló en esa decisión de lo que la propia Wanda Ivette tenía que decir. Muchos menos, acerca de la enfermera que asistió al médico, Gladys E. López, quien fue convicta por participar del aborto, a pesar de que el médico salió absuelto.
¿Qué pasó tras bastidores del proceso de adjudicación del caso?¿Qué otras cosas han quedado sin decirse? ¿Cómo varían los análisis judiciales cuando se trata de mujeres y mujeres racializadas?
Estas son algunas de las preguntas que se hizo la profesora Mayté Rivera Rodríguez, catedrática auxiliar de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico (UPR), al adentrarse en los documentos históricos del caso.
Los análisis fueron presentados en la charla “La colección documental de José Trías Monge y los derechos reproductivos: La historia inédita del caso Pueblo v. Duarte”, realizada el 23 de abril en la biblioteca de la Escuela de Derecho de la UPR, donde se encuentran expuestos al público los archivos históricos donados por el expresidente del TSPR, José Trías Monge, así como de otros exjuristas. La idea de la charla era poner sobre la mesa los distintos aspectos en el proceso de adjudicación de un caso y cómo influyen las subjetividades de los jueces, que a veces no toman en cuenta el contexto histórico y social o los sujetos y sujetas involucrados.
¿Qué sabemos del caso?
Rivera Rodríguez explicó que, como se desprende de la decisión, el doctor Duarte fue acusado de realizar un aborto en julio de 1973 a la joven Wanda Ivette. Fue acusado junto a la enfermera que le asistió, Gladys E. López. Se le impuso una sentencia suspendida de dos a cuatro años de cárcel, con lo cual cumpliría la pena estando libre bajo la supervisión del tribunal. Duarte apeló la sentencia alegando que era inconstitucional, según lo resuelto por el Tribunal Supremo de Estados Unidos en el caso Roe v. Wade, caso con el que se reconoció el derecho al aborto en Estados Unidos y el cual fue revocado en 2022. El Gobierno de Puerto Rico se opuso a ese reclamo diciendo que no se había demostrado el consentimiento de Wanda Ivette, algo que el TSPR eventualmente descartó.
Una mayoría de los ocho jueces del TSPR de ese entonces –todos hombres blancos– determinaron absolver a Duarte basándose en el caso Roe v. Wade y lo relativo al derecho a la intimidad, pero también interpretando que en el Código Penal de Puerto Rico, cuando dice que se puede practicar un aborto solo en casos de la salud del paciente, esto incluye tanto la salud física como la mental. Por ende, no importa el trimestre en el que se encuentre la persona gestante.
No obstante, fue Trías Monge quien planteó en su opinión en parte concurrente y en parte disidente que “la verdadera cuestión que presentan estos casos es a quién se le reconoce el derecho a resolver si tiene o no a un hijo: a la mujer o al Estado”. “Estimamos que, si el derecho a la intimidad ha de significar algo, es a la mujer a quien le corresponde la decisión”. El jurista también habló de la importancia de analizar el caso no solo bajo la Constitución de Estados Unidos, sino bajo la de Puerto Rico, la cual incluye explícitamente el derecho a la intimidad y a tomar decisiones sobre el propio cuerpo, vida personal y vida familiar.
Lo que no conocíamos: qué dicen los archivos
Rivera Rodríguez explicó que en la Escuela de Derecho siempre se preguntan qué hay detrás de las decisiones judiciales. Al analizar los archivos, los borradores de las opiniones y los intercambios del caso, la catedrática indicó que se pueden ver las “discrepancias” que tenían los jueces del TSPR “en torno a la interpretación de los casos federales del Tribunal Supremo de Estados Unidos”. También se observan los cambios constantes en los análisis de los jueces, que circularon más de un borrador de sus opiniones antes de emitir la decisión final y se cuestionaron sobre la forma que tenía cada uno de interpretar el derecho.
Pero estos borradores también sirven para denotar las subjetividades de los jueces. Rivera Rodríguez compartió el caso del borrador de la opinión del juez Carlos Irizarry Yunqué, quien se refirió a Wanda Ivette como una “niña de raza mestiza”, a Duarte como un “médico dominicano” y a las gestantes que decidían abortar como “aquellas mujeres que por vergüenza o desvergüenza quieren ocultar su debilidad amorosa”. Además, Irizarry Yunqué anticipó “una debacle de abortos” que nunca ocurrió y concluyó que su “conciencia cristiana” y “como juez, no me permiten aceptar este despropósito”.
Ninguna de estas frases fueron incluidas en su opinión final, pero Rivera Rodríguez se preguntó: “¿Qué pertinencia tenía tal expresión para este juez? ¿Qué pertinencia tenía el origen nacional del médico? ¿Eran pertinentes sus propias creencias religiosas? Sabemos la contestación, pero, además, ¿de dónde obtuvo el juez tal información?”.
“¿Cómo lucirían las decisiones de los tribunales si se adjudicaran con perspectiva de género, raza, condición socioeconómica y otras, con perspectivas feministas, con perspectiva de justicia reproductiva? Y sobre todo, ante las subjetividades del derecho y los procesos legales, ¿quiénes y cómo declaran la existencia de nuestros derechos como mujeres y seres humanos?”, cuestionó Rivera Rodríguez.
¿Qué pasó con Wanda Ivette y con la enfermera Gladys E. López?
Aunque Irizarry Yunqué también escribió que Wanda Ivette no había consentido el aborto y que todo había sido gestado por su novio y el papá de este, en la charla se leyó parte de la declaración jurada que prestó la joven al inicio del caso. En esa declaración, Wanda Ivette dijo que llevaba un año y medio de novia con José Valentín Rodríguez Casanova, conocido como Tito, y que sostuvieron relaciones sexuales consensuadas de las que derivó el embarazo.
“Tito me recomendó que abortara. (…) Que lo mejor era investigar qué médico se dedicaba a realizar abortos. (…) Le dije que yo había sabido de un doctor en Juncos que quitaba $100 por cada mes de encinta que la mujer tuviera. Que lo que él tenía que hacer era buscar el dinero para ir donde el doctor, el doctor Pablo Duarte Mendoza”, decía la declaración jurada, algo que desmiente la falta de consentimiento de Wanda Ivette.
Poco después del aborto, Wanda Ivette sufrió complicaciones por lo que aparentaba ser una mala práctica. Ante esto, su mamá, Aida Luz Quiñones, presentó una demanda por daños y perjuicios contra el médico Duarte, la enfermera López, el novio de Wanda, el papá y el hermano de este. Las demandantes ganaron el caso llamado Luz Quiñones v. Duarte Mendoza, que se llevó a cabo mientras se dilucidaba Pueblo v. Duarte.
En ese caso, se dijo que Wanda Ivette era una “joven brillante” que cursaba el segundo año de estudios en la UPR de Río Piedras. Y que la madre, al saber del aborto, dijo: “Le di dos o tres pescozás al enterarme de lo que había hecho”.
Dos días después de emitida la decisión de Pueblo v. Duarte, el periódico El Mundo reportaba “erróneamente en primera plana” que el TSPR “declaró inconstitucional el aborto en Puerto Rico”, contó Rivera Rodríguez. Esto denota lo complicado de los textos legales, dijo la profesora, y cómo a veces los medios de comunicación abonan a la confusión.
Un mes después de la portada del periódico y la decisión del caso, “ocurrió algo trascendental en la vida de la enfermera Gladys López”, dijo Rivera Rodríguez. Expiró el periodo de dos años de cárcel en sentencia suspendida que el tribunal de Humacao le había impuesto.
“La apelación de la enfermera se presenta pasada la fecha límite que la ley establece, por lo que el TSPR no atendería su reclamo de revocar su sentencia. A diferencia del médico, la enfermera no se benefició de la decisión Pueblo v. Duarte”, dijo la profesora. Es la figura de la enfermera quien inspiró en parte el cartel conmemorativo de la charla, pues fue invisibilizada del proceso.
Rivera Rodríguez intentó contactar a López, quien hoy tiene 88 años. Fue a buscarla a la urbanización donde residía y algunos de sus vecinos dijeron que se había mudado a Estados Unidos con su nieta.
La importancia de los archivos y la universidad pública
Tras la charla de Rivera Rodríguez, los profesores de la Escuela de Derecho, Érika Fontánez Torres e Hiram Meléndez Juarbe y la profesora del Departamento de Historia María del Carmen Baerga, se sumaron a la discusión y coincidieron en la importancia de analizar los archivos históricos y que estos sean resguardados en la universidad pública del país con respaldo de un buen financiamiento del gobierno.
Baerga explicó que, alrededor del derecho al aborto, también se discute “el significado de la familia, la democracia, la maternidad, la sexualidad de las mujeres, el patriarcado, la supremacía blanca y el colonialismo”. Añadió que “no es poco lo que está en juego. Como hemos visto, en el corazón mismo de la democracia liberal, se encuentra la familia patriarcal, heterosexual y blanca”. También indicó que es importante que los feminismos redefinan la lucha por el aborto en una lucha por los derechos reproductivos.
Mientras tanto, Meléndez Juarbe habló de la importancia de cuestionar a los jueces y al poder judicial, de analizar los procesos de deliberación y de entender el rol de la comunidad, pues el ejercicio del derecho no puede ser un asunto aislado.
Por su parte, Fontánez apuntó que “un derecho que no toma en cuenta la realidad social en que opera, está en riesgo de tornarse inoperante para atender las necesidades de la ciudadanía”. También reconoció que, a pesar de las sombras y contradicciones de Trías Monge –uno de los autores de la infame Ley de Mordaza–, es uno de los juristas con mayores aportes al derecho y la constitución. “Las mejores opiniones con que puedo ilustrar acercamientos jurídicos siguen siendo las de Trías. Trías tiene un lugar que vale la pena reflexionar”, sostuvo.