Fotos de archivo Ana María Abruña Reyes
Los casos de menores que solicitan abortos en las clínicas de Puerto Rico son limitados, pero los cambios en el reglamento a estos centros de salud provocaron que otra clínica decidiera no ofrecer servicios a adolescentes de 15 años o menos, lo cual afecta el acceso a este servicio de salud esencial en esta población vulnerable.
De esta forma, solo una de las cuatro clínicas de aborto en el país seguirá atendiendo a menores de 16 años: la Clínica IELLA, de Profamilias Puerto Rico, ubicada en San Juan, la cual ya contaba con un protocolo de atención a menores y referidos a las autoridades desde antes de los cambios al reglamento. Sin embargo, este año no tuvieron ningún caso de este tipo, según dijo recientemente Enid Pérez Rodríguez, directora de Profamilias, al noticiario NotiCentro.
Desde mediados de 2023, dos clínicas de aborto dejaron de atender a menores de 15 años o menos, luego de una investigación del Departamento de Justicia solicitada por la senadora del Proyecto Dignidad, Joanne Rodríguez Veve. La pesquisa concluyó que, de los 67 casos de adolescentes de 15 años o menos que abortaron entre 2018 y 2022, solo dos fueron por agresión sexual, información que únicamente proveyó la propia senadora, ya que el informe de Justicia no se publicó.
Ahora, la clínica Darlington Medical Associates en Río Piedras solo atenderá a personas de 16 años o más, la edad en Puerto Rico para consentir una relación sexual. Pero desde antes de que se cambiara el reglamento, la clínica contaba con un protocolo para referir los posibles casos de agresión sexual de menores.
“Si se queda el reglamento como está, no tengo personal para asumir esa responsabilidad”, dijo la ginecóloga Yarí Vale Moreno, de Darlington Medical Associates, en Telemundo, al reconocer que esta acción afecta el acceso al aborto a menores de 15 años.
Si llegaran adolescentes de 15 años o menos, se referirán automáticamente al Centro de Ayuda a Víctimas de Violación (CAAV), el cual realiza terminaciones de embarazo en el Hospital Universitario en estos casos. Este era el protocolo y la práctica que seguía la clínica, previo a la aprobación de la nueva ordenanza del DS.
Cuáles son los cambios al reglamento
Una de las enmiendas al Reglamento del Secretario de Salud 132 A, que se anunciaron en la víspera del Día de Acción Global por un Aborto Legal y Seguro (28 de septiembre), obliga a que toda menor de 15 años o menos que acuda a solicitar un aborto esté acompañada de uno de sus progenitores o tutor legal para prestar su consentimiento informado por escrito. Todos los casos deberán referirse al Departamento de la Familia (DF), aunque no haya sospecha de violación.
En los casos en que la menor diga que su embarazo fue causado por su progenitor o tutor legal, “el centro de terminación de embarazo se verá obligado a ejercer una custodia de emergencia” de la menor, reportarlo al CAAV, al DF y a la Policía.
Si una clínica de aborto no siguiera el reglamento, será investigada por el Negociado de la Policía, indica el documento, el cual entra en vigor el 27 de octubre, 30 días después de ser radicado.
“Desgraciadamente, al no imponer ese mismo reglamento a hospitales, obstetras, pediatras, trabajadores sociales de las escuelas –que lo hemos visto en otros titulares del año pasado con el caso de la chica de Lajas, donde el papá resultó el perpetrador, el violador de ese caso– resulta incoherente que a nosotros (las clínicas de aborto) nos impongan eso, más sin embargo a otras facilidades (no), cuando la mayoría de las adolescentes paren”, dijo Vale Moreno.
La ginecóloga agregó que “hay una discriminación” contra los centros de terminación de embarazos y que “se le nota la costura” a la senadora Rodríguez Veve, quien “quiere restringir” el acceso al aborto a las menores de edad.
Los cambios de este reglamento se aprobaron a petición de Rodríguez Veve, quien presentó el Proyecto del Senado 495 con unos cambios similares a los incluidos en el documento. Este proyecto se aprobó en el Senado, pero no fue llevado a votación en la Cámara, ante lo cual la legisladora presionó para impulsar su política pública.
Esta medida legislativa iba más allá, pues pretendía fijar una pena de reclusión de tres años a toda persona “que mediante el uso de la fuerza, coacción, amenaza o violencia física obligue a una menor embarazada a someterse a un aborto”. También, imponía multas de hasta $25,000 y una pena de reclusión fija de dos años a quien “realice o permita que se realice un aborto a una menor”.
Poca la información sobre menores violadas embarazadas
Este nuevo protocolo, según el DS, busca identificar aquellos casos de menores que acuden a estas clínicas bajo sospecha de agresión sexual. Sin embargo, la agencia desconoce cuántos embarazos de adolescentes han sido producto de una violación, y la mayoría de estas menores –un 70% en 2022, es decir, 31 de 44 menores–, termina pariendo.
En una petición de información realizada por Todas al DS solicitándole las estadísticas de embarazos en adolescentes que confirmen que fueron producto de una violación, la agencia respondió: “El CAAV no cuenta con estadísticas estatales sobre este dato”.
Si bien el DS no lleva estadísticas de las menores cuyos embarazos son producto de una violación, tampoco incluye en el protocolo que hospitales y otros centros de salud denuncien la posibilidad de que la menor haya sido víctima de abuso sexual.
La agencia indicó que, en 2019, hubo 1,912 nacimientos, cuyas madres eran menores de 20 años. Mientras, en 2020, hubo 1,479. La agencia no proveyó datos de los años 2021 al 2023 y tampoco informó cuántos de ellos fueron producto de abuso sexual o de incesto.
“Se pone más el foco en las (menores) que deciden interrumpir el embarazo que en las que deciden preservar el embarazo, por la razón que sea. Nadie les pregunta”, dijo Vale Moreno.
En cuanto a las agresiones sexuales a menores de edad en los últimos cinco años, el DS informó que un 5% (4,181 estudiantes) fueron víctimas de violencia sexual en algún momento de sus vidas, y que un 5.1% (4,264 estudiantes) habían sido víctimas en los 12 meses previo a la entrevista, según datos del 2021 del Sistema de Vigilancia de los Comportamientos de Riesgo en los Jóvenes (YRBSS, por sus siglas en inglés). No obstante, se desconoce si alguno de estos abusos resultó en un embarazo.
Centros de crisis de embarazos siguen por la libre
Este nuevo reglamento aplica a las clínicas de aborto reguladas por el DS, pero deja afuera a los llamados “centros de crisis de embarazos”, los cuales no son regulados por el DS y utilizan estrategias de manipulación e información poco certera o falsa para presionar a las personas gestantes de llevar a término sus embarazos, aunque su deseo sea abortar, tal y como reveló una investigación de la Unidad Investigativa de Género, una alianza entre Todas y el Centro de Periodismo Investigativo (CPI).
Estos centros antiaborto, ubicados cerca de las clínicas de aborto reales, son Centro Raquel y dos establecimientos de Hope Women’s Clinic, los que ni siquiera tienen que cumplir con la Ley Hipaa de privacidad de información de pacientes, pues no son reguladas por el DS. Las menores que acuden a estos centros, así sea por equivocación, son disuadidas de llevar a término su embarazo sin notificar a ninguna autoridad gubernamental.
La directora de Profamilias, Enid Pérez Rodríguez, mostró preocupación por estos centros, pues “nos han llegado casos de mujeres que vienen y que por equivocación llegaron a esos centros”. “Están siendo manipuladas, les siguen llamando para obligarlas y para convencerlas que lleven sus embarazos a término”, algo que podría ser peor en caso de menores de edad.