Foto del archivo de Gabriela Hance Villanueva
Hay frases que parecen exageradas hasta que miramos la realidad de frente. Una de ellas es esta: no hay derechos reproductivos cuando no existe el derecho real a decidir.
En Puerto Rico solemos repetir que el aborto es legal. Pero la legalidad, por sí sola, no garantiza justicia. La experiencia cotidiana de muchas personas demuestra que el acceso a servicios reproductivos puede estar lleno de obstáculos: clínicas que cierran, desinformación legislativa, presiones morales, estigmatización social y barreras económicas que dificultan ejercer un derecho que, en teoría, existe.
Aquí es donde entra un concepto clave que a menudo se confunde con la salud reproductiva: la justicia reproductiva.
Mientras la salud sexual y reproductiva se refiere al acceso a servicios médicos —como anticonceptivos, atención prenatal, prevención de infecciones de transmisión sexual o servicios de aborto—, la justicia reproductiva va más allá del sistema de salud. Se trata de un marco de derechos humanos que reconoce que las decisiones reproductivas están profundamente condicionadas por factores sociales, económicos y políticos.
Este enfoque, concebido por mujeres afroamericanas en los años 90 para visibilizar las desigualdades que el debate tradicional ignoraba, se sostiene sobre cuatro principios fundamentales:
- El derecho a no tener un hijo/a: Garantizando el acceso pleno, equitativo y sin estigmas a la educación sexual integral, a métodos anticonceptivos y al aborto seguro y legal.
- El derecho a tener un hijo/a: Asegurando que todas las personas tengan la libertad de formar una familia sin enfrentar discriminación ni abusos sistémicos en el sistema de salud.
- El derecho a criar en entornos seguros y sostenibles: Reconociendo que de nada sirve poder tener hijos si no hay acceso a condiciones de vida dignas, vivienda segura, atención médica de calidad y comunidades libres de violencia institucional o ambiental.
- El derecho a la autonomía corporal: El derecho inalienable de gobernar el propio cuerpo y estar libre de cualquier forma de violencia o coerción.
La justicia reproductiva plantea que no basta con que los servicios existan; las personas deben tener las condiciones reales para acceder a ellos y decidir libremente sobre sus cuerpos y sus vidas. Por eso este enfoque exige que la reproducción ocurra sin coerción, estigma ni violencia institucional.
Cuando el acceso a la salud reproductiva se vuelve cada vez más difícil, cuando los servicios se limitan o se rodean de obstáculos administrativos, culturales o políticos, lo que ocurre no es un fenómeno neutral, sino una forma de control sobre los cuerpos.
Cuando el derecho existe… pero el acceso se bloquea
En los últimos años hemos visto un aumento de iniciativas legislativas y discursos públicos que, sin prohibir explícitamente el aborto, buscan restringirlo indirectamente: regulaciones más estrictas para las clínicas, narrativas moralizantes en el debate público, desinformación sobre proyectos de ley y falta de acceso a educación sexual integral y a métodos anticonceptivos accesibles.
En otras palabras, el derecho se mantiene en el papel, pero el camino para ejercerlo se vuelve cada vez más estrecho.
Desde la perspectiva de los derechos humanos, obstaculizar el acceso a servicios de salud reproductiva también constituye una forma de violación de derechos. No basta con que algo sea legal si las condiciones materiales, económicas o institucionales lo vuelven inaccesible para muchas personas.
Esto es precisamente lo que la justicia reproductiva busca evidenciar: la diferencia entre tener derechos en teoría y poder ejercerlos en la práctica. Porque estas decisiones no ocurren en el vacío. Ocurren en contextos marcados por desigualdades económicas, acceso desigual a servicios de salud, precarización laboral, violencia de género y narrativas culturales que continúan intentando controlar la autonomía de los cuerpos.
En ese escenario surge una pregunta incómoda, pero necesaria: ¿Podemos hablar realmente de libertad reproductiva cuando el sistema limita las opciones disponibles? ¿Cuándo el propio sistema es el que ejerce coerción sobre los cuerpos y las decisiones reproductivas?





